Control de Acceso Presencial
Sistema de Control de Acceso Presencial para los Trabajadores

En España, la legislación que regula el control de acceso presencial de empleados se encuentra principalmente en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la Unión Europea, que es de aplicación directa en todos los países miembros, incluyendo España.
Estas normativas establecen que el tratamiento de datos personales, como puede ser la información relativa a la entrada y salida de los empleados en el lugar de trabajo, debe realizarse de acuerdo con los principios de transparencia, licitud, lealtad, minimización de datos, exactitud, limitación de la finalidad, integridad y confidencialidad, así como garantizando los derechos de las personas afectadas, como el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales.
En el ámbito laboral, el control de acceso presencial de empleados está sujeto también a la normativa laboral, como el Estatuto de los Trabajadores, que establece los derechos y deberes básicos de los trabajadores y empleadores, así como los convenios colectivos y acuerdos específicos de cada sector, que pueden regular aspectos concretos relacionados con el control de presencia en el trabajo.
Es importante que las empresas que implementen sistemas de control de acceso presencial de empleados cumplan con todas las obligaciones establecidas en la normativa de protección de datos y laboral, garantizando que el tratamiento de la información sea adecuado y respetuoso con los derechos de los trabajadores. Además, es fundamental informar a los empleados de manera clara y transparente sobre cómo se utilizarán sus datos personales en el contexto del control de acceso.
El siguiente videotutorial muestra como realizar la gestión del control del acceso presencial con ERITRIUM: